Apreciado Afiliado,

La semana pasada le enviamos al Min Trabajo nuestra posición relacionada a la necesidad de regular el trabajo remoto, que, a diferencia de la modalidad del teletrabajo, no tiene una reglamentación clara.

Es importante que dentro del contrato laboral exista la posibilidad del trabajo remoto donde las condiciones para realizarlo sean pactadas libremente entre el empleado y el empleador, en un acuerdo de voluntades, enmarcado en unos parámetros generales que debe ser establecidos por ley logrando así no vulnerar los derechos de los empleados.

Entre las recomendaciones, incluimos homologar las Técnicas para la Promoción de la Salud y la Prevención de los Riesgos Laborales temporalmente por medio de elementos magnetofónicos que capten imágenes y encuestas. Así mismo, consideramos pertinente involucrar a las ARL, para que incluyan dentro del plan de reinversión el costo asociado y cumpla con sus obligaciones actuales en materia de orientación y acompañamiento al empleador. De no ser posible esta primera opción, se debería exceptuar a los profesionales de SST de la restricción de circulación durante el confinamiento inteligente y establecer los protocolos de bioseguridad y auto cuidado. Del mismo modo, se debería dar un plazo razonable para que el empleador pueda cumplir con esta obligación al mediano plazo según el número de trabajadores directos y temporales.

Encuesta AMCHAM

Queremos seguir creando nuevos programas y actividades de valor para ustedes. Por tal razón, los invitamos a realizar esta encuesta que tiene como objetivo conocer su opinión para acertar en nuestras actividades y cumplir con sus expectativas.