Trabajadores no quedarían desamparados ante despidos si reforma laboral pasa
El Gobierno busca proteger a quienes tengan fuero sindical, estén en condición de discapacidad, mujeres en embarazo y personas a punto de pensionarse.
El Gobierno se la juega una vez más con su reforma laboral en el Congreso tras el fracaso que tuvo durante la pasada legislatura. El proyecto conserva la base de propuestas presentadas en el primer semestre aunque con algunos cambios, como es el caso de la figura de la “estabilidad laboral reforzada” consignada en el artículo 11.
¿De qué se trata? El Mintrabajo busca que las personas que tengan fuero sindical; quienes estén en condición de discapacidad; las mujeres en embarazo y hasta 6 meses después del parto; y las personas a 3 años o menos de cumplir con las semanas requeridas para pensionarse tengan una protección especial ante los despidos.
De manera que quienes están en estos cuatro grupos solo podrían ser desvinculados si existe justa causa o una causa legal. Además, se requerirá de una autorización ante la autoridad administrativa o judicial para hacerlo, que dependiendo del caso sería un juez o un inspector de trabajo.
Frente al proyectado presentado a principio de año se agrega un parágrafo que aclara que cuando un trabajador posea una condición de discapacidad insuperable, y una vez se surtan los trámites respectivos para su despido, la indemnización debe ser tal y como lo establece el Código Sustantivo del Trabajo, adicional a una suma de seis meses de salario junto con los montos correspondientes a seguridad social en salud, riesgos laborales y pensión.
Según la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, se trata de “un texto de reforma laboral que respeta y acoge la diversidad de propuestas que desde el empresariado y las organizaciones de trabajadores dieron a conocer en la anterior legislatura”.
Sobre el artículo en cuestión, el Mintrabajo manifestó que la Corte Constitucional ha desarrollado la garantía de la estabilidad laboral reforzada y ha reconocido que esta “protege a aquellas personas susceptibles de ser discriminadas en el ámbito laboral y (…) se concreta en gozar de la posibilidad de permanecer en su empleo, a menos que exista una justificación no relacionada con su condición”.
Visiones Contrarias
La interesante iniciativa ha generado todo tipo de puntos de vista. Por ejemplo, desde la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario se apuntó que como en los despidos estaría intrínseca una justa causa, no deberían requerir de un trámite previo.
“Como el mecanismo para autorización ante el Ministerio del Trabajo en casos de estabilidad reforzada es inoperante, se sugiere que debería ser competencia de la justicia laboral con un procedimiento sumario (es decir, rápido y de única instancia)”, anotaron.
Por su parte, Santiago Marroquín, vicepresidente de Amcham Colombia, dijo en una pasada audiencia sobre la reforma laboral en la Cámara de Representantes, que puntos como la estabilidad laboral reforzada generan “un desequilibrio en las relaciones laborales” al establecer como requisito para surtir los despidos con justa causa, la autorización administrativa o judicial.
Desde Otro Angulo
A la espera de que empiecen los debates, el Mintrabajo aseguró que la estabilidad laboral dentro del proyecto, en un concepto más global, también comprende normas concretas para el trabajo en casa, en plataformas digitales y contratos como el doméstico o el agropecuario.
El trámite no será fácil, pues a gremios como la Andi y Fenalco que criticaron la falta de concertación en el armado del articulado se les sumó la voz de la Confederación General del Trabajo (CGT), que decidió “apartarse del texto radicado por el Gobierno” y dijo que “es evidente la falta de interés de la señora Gloria Inés Ramírez Ríos, ministra del Trabajo, para llegar a consensos con los trabajadores, los gremios económicos y la Academia (…)”.
Apartado
Fuente: Pulzo
Imagen: Pulzo